BASES LEGALES Y CONDICIONES DE ADHESIÓN BONOS CONSUMO LA NUCÍA

CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO EMPRESAS ADHERIDAS:

Serán beneficiarios del programa los establecimientos regentados por personas físicas o jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos: 

1. Establecimientos de hasta 10 empleados que ejercen su actividad económica en alguno de los siguientes grupos de IAE (Real Decreto ley 1175/1991,28 de septiembre): Desarrollar alguna actividad incluida en los siguientes sectores comercio, con las excepciones indicadas:

 

Desarrollar alguna actividad incluida en los siguientes sectores comercio:
SECCIÓN PRIMERA: Actividades empresariales:
Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en establecimiento permanente. Excepto tabacos.
Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente.
Agrupación 67. Servicio de alimentación.
Agrupación 68. Servicio de hospedaje.
Agrupación 69. Reparaciones (talleres vehículos, de aparatos del hogar).
Agrupación 75. Transporte y actividades relacionadas con el transporte:Grupo 755 Agencias de viajes
Agrupación 931. Educación e investigación; Grupo 931.6 Enseñanzas de régimen especial (artísticas e idiomas). Grupo 933.9 Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares, n.c.o.p.
Agrupación 96. Servicios recreativos y culturales:Grupo 967. Instalaciones deportivas y escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte.Agrupación 97. Servicios personales.

SECCIÓN SEGUNDA: Actividades profesionales:
Grupo 836. Ayudantes técnicos sanitarios y fisioterapeutas.
Grupo 838. Ópticos-optometristas y podólogos.
Grupo 839. Masajistas, bromatólogos, dietistas y auxiliares de enfermería..
Grupo 841. Naturópatas, acupuntores y otros profesionales parasanitarios.
Grupo 887. Maquilladores y esteticistas. Ser una de las empresas adheridas de La Nucía que NO figuren en la lista siguiente con descripción según la clasificación del Impuesto de Actividades Económicas IAE (Real Decreto ley 1175/1990, de 28 de septiembre), y que corresponden a comercios al por menor de tabaco y artículos de fumador; comercios que tengan una superficie de venta superior a 400 metros de cuadrados y actividades de loterías, casinos, juegos de azar y apuestas.
Grupo 646. Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador. Epígrafe 647.4 Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas sea igual o superior a 400 metros cuadrados. Epígrafe 647.5 Suministro de productos alimenticios y bebidas a través de máquinas expendedoras.
Grupo 664. Comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.Epígrafe 664.1 Venta de toda clase de artículos en régimen de expositores en depósito.Epígrafe 664.9 Comercio al por menor de artículos diversos n.c.o.p mediante aparatos automáticos.
Grupo 855: Agentes y Corredores de apuestas en los espectáculos.
Grupo 871: Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, incluidos en la red comercial del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.
Grupo 872: Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, pertenecientes a otros Organismos distintos del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.
Grupo 873: Expendedores no oficiales autorizados para la recepción de apuestas deportivas, de otros juegos y de loterías diversas.
Grupo 969. Otros servicios recreativos n.c.o.p. Epígrafe 969.2 Casinos de juego. Epígrafe: 969.3 Juegos de bingo. Epígrafe 969.4 Máquinas recreativas y de azar. Epígrafe 969.5 Juegos de billar, ping-pong, bolos y otros. Epígrafe 969.6 Salones recreativos y de juego.
Epígrafe 969.7 Otras máquinas automáticas.



2. Que tengan establecimiento fijo y permanente de venta al público de producto en el municipio de La Nucía. 

3. El importe de los bonos que hayan sido canjeados será compensado a los establecimientos adheridos una vez a la semana. 

4. No canjeará bonos en ticket de venta inferior al importe del bono. 

5. Por cada bono que canjee subirá al programa la foto del ticket de venta correspondiente. 

6. El ticket o factura cumplirá con la normativa, conteniendo todos los datos legales (CIF, razón social, dirección, fecha, importe) Información sobre Protección de Datos: La siguiente información sobre nuestra Política de Privacidad refleja el compromiso de La Federación Alicantina de comercio y la Pyme (FACPYME) como responsable del tratamiento, por mantener y garantizar relaciones comerciales seguras mediante la protección de los datos personales, garantizando el derecho a la privacidad de cada uno de los usuarios de nuestros servicios. 

• Finalidad de los datos recogidos: Registrarle como usuario dentro del portal web y remitirle información comercial a través de medios electrónicos. 

• Legitimación: La base legítima con la que se tratarán los datos reside en la ejecución de las medidas contractuales solicitadas. 

• Comunicación de datos a terceros: Sus datos serán comunicados al Ayuntamiento de La Nucía con el fin de gestionar financieramente la presente iniciativa. 

• Plazos de conservación: Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales pertinentes, como por ejemplo, fiscales. 

• Ejercicio de derechos: Cuando proceda, podrás ejercitar cualquier de los derechos otorgados por la normativa de protección de datos, como el derecho de acceso, rectificación, limitación del tratamiento, supresión, portabilidad de datos y oposición que le asisten mediante escrito dirigido a la dirección electrónica a info@facpyme.es. Y en el caso de que lo estime oportuno podrá presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección

 

Condiciones Generales de Compra
El presente documento establece las condiciones que se aplican a las ventas entre, las personas que quieren efectuar una compra en el presente sitio web a las que en adelante se referirá como “el consumidor” o "el cliente", indistintamente, y de FACPYME. Al hacer uso de esta página web o la solicitud de compra del cliente constituye la aceptación de las condiciones de compra y nuestra política de Protección de Datos, que el cliente debe consultar y aceptar con carácter previo a la compra del producto. 

1/ Objeto y ámbito de aplicación
La iniciativa “BONOS CONSUMO LA NUCÍA”, puesta en marcha por el Ayuntamiento de La Nucía en colaboración con FACPYME, surge como medida para paliar las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria que ha padecido y padece el tejido empresarial de la ciudad. A través de esta acción, se pretende dinamizar la actividad económica del municipio, mediante el fomento del consumo de proximidad en los establecimientos de los sectores de comercio, servicios y hostelería adheridos a la campaña. Cada bono cuenta con un valor total que resulta de la suma del 50% del importe pagado por el consumidor y la aportación realizada el Ayuntamiento de La Nucía (en adelante el Ayuntamiento), que corresponde al otro 50%. 

2/ Adquisición de Bonos
Los bonos se podrán adquirir a través de esta página web, pinchando en COMPRA TU BONO. Se deberá seleccionar el tipo o tipos de bonos que se desea comprar y el importe, que puede ir desde 5 a 100€.

3/ Tipo de bonos
Cada persona del municipio dispondrá de un máximo de 100€, de los que paga 50€ y el Ayuntamiento le subvenciona otros 50€ para poder canjear en los establecimientos participantes que se pueden consultar en esta web. Cada bono será canjeable en una única compra, es decir, un bono no se puede canjear en dos compras diferentes.
Dentro del límite establecido para cada persona, teniendo en cuenta las condiciones, podrán elegir los bonos a adquirir, hasta completar su límite, entre: Bonos de 5€, de los que se pagarán 2,5€, Bonos de 10€, de los que se pagarán 5€, Bonos de 20€, de los que se pagarán 10€, Bonos de 50€, de los que se pagarán 25€, y Bonos de 100€ de los que se pagarán 50€.

4/ Duración de la promoción
El periodo para adquirir el bono y canjearlo en establecimientos adheridos transcurrirá entre el 5 y el 30 de septiembre de 2023. 

5/ Condiciones de compra por parte de consumidor:
Podrá adquirir bonos, cualquier persona mayor de edad y residente en el municipio de La Nucía que acceda a los bonos según los medios y cauces establecidos en la campaña. Una vez descargado/s el/los bono/s, los consumidores dispondrán hasta el 30 de diciembre, inclusive para realizar sus compras o gastos, siendo su utilización compatible con cualquier tipo de descuento, oferta o rebaja disponible en el establecimiento para el producto que se desea adquirir. 

Los bonos irán asociados a un DNI. Tras su adquisición, el consumidor recibirá el bono en formato pdf para imprimirlo en casa, o lo recibirá en el móvil. Es importante destacar que para que pueda ser aplicado un bono en la compra o gasto, el único requisito será presentar el DNI antes del pago en el propio establecimiento, así como el bono descuento en formato impreso o digital. Para un mejor control y facilidad de uso por parte de ciudadanos y establecimientos, los bonos son indivisibles. No existe reembolso sobre los bonos para evitar usos fraudulentos. El listado de establecimientos adheridos donde se podrán canjear los bonos se encontrará publicado en la presente web, disponiendo cada uno de esos establecimientos de un distintivo que le identificará como tal. 

6/ Idiomas para la adquisición de productos
Las compras realizadas por clientes se entenderán vinculadas sólo en castellano y valenciano. 

7/ Precio
Todos los precios se indican por defecto en euros. El precio indicado incluyen los impuestos aplicables a la transacción. 

8/ Condiciones de pago
Para formalizar la compra, el usuario podrá utilizar cualquiera de los métodos de pago que al realizar el pedido se ofrezcan en cada caso. 

9/ Información solicitada
De acuerdo con lo establecido en la normativa de protección de datos, le informamos de que los datos personales que nos facilite a través de nuestro sitio web o mediante envíos de correos electrónicos, serán tratados por la FEDERACIÓN ALICANTINA DE COMERCIO Y LA PYME (FACPYME) como responsable del tratamiento para poder realizar las transacciones solicitadas, así como recibir notificaciones periódicas a través de medios electrónicas. La legitimación del tratamiento reside en la prestación de los servicios solicitados. La entidad se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto de los datos de carácter personal, por ello ha adoptado las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología. En cualquier caso, todos los usuarios tienen derecho a ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento, supresión, oposición, limitación del tratamiento, y portabilidad de datos que le asisten, mediante correo electrónico a info@facpyme.es, acreditando su identidad. En el caso de que considere, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. 

10/ Derecho de desistimiento, cambios y devoluciones
Como regla general, no existe derecho de desistimiento sobre las compras efectuadas en base a la excepción recogida en el art 103,a) del Texto Refundido de Consumidores y Usuarios puesto que la ejecución del uso de los bonos comienza con la mera descarga del mismo. Por lo tanto, el consumidor reconoce y es consciente de que tras el pago no existe derecho de desistimiento. No obstante, en el caso de que por algún motivo excepcional un consumidor quisiera retrotraer la operación deberá ponerse en contacto a través del siguiente correo electrónico info@facpyme.es 

11/. Reembolso de los importes pagados.
El reembolso, en los casos que proceda, se efectuará a través del medio de pago que se utilizó para la compra. El precio a devolver es el que originalmente figuraba en el pedido, procediendo al reembolso del importe en el plazo máximo de 14 días desde la fecha de resolución de la compra. 

12/ Legislación aplicable. Sumisión a fueros.
Al realizar el pedido, el cliente admite someter la compra a realizar a la legislación Española, por lo que estas Condiciones Generales se rigen por la ley española y por tanto para cuantas cuestiones interpretativas o litigiosas que pudieran plantearse será de aplicación la legislación española. Las partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del comprador y, a los efectos legales oportunos, recordamos a los clientes que la Comisión Europea ha creado una plataforma de resolución extrajudicial de litigios online que se encuentra disponible en el siguiente enlace, http://ec.europa.eu/consumers/odr/.


Bonos la Nucía

Establecimientos adheridos

Consulta aquí los establecimientos adheridos a la Campaña Bonos Consumo La Nucía

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